La información contenida en esta página está destinada a todos los solicitantes que presenten su solicitud ante la División de Prevención de Incendios (DPI) del Departamento de Bomberos y Servicios de Emergencia Médica del Distrito de Columbia de permisos para consumidores de fuegos artificiales.
La política de la División de Prevención de Incendios es administrar las solicitudes de permisos operativos para ventas a consumidores de fuegos artificiales de la manera más eficiente y cortés posible, y sin demoras, al tiempo que se garantiza la seguridad del público, los vendedores y los inspectores de acuerdo con todas las leyes, los códigos y las normas aplicables.
El período de solicitud comienza el 22 de mayo y la fecha límite es el 22 de junio de 2018, al cierre de labores.
Los permisos de uso de fuegos artificiales permanentes y temporales requieren lo siguiente:
Se debe obtener lo siguiente por parte del Departamento de Asuntos del Consumidor y Regulaciones:
- Un permiso de edificio para la estadía temporal
- Un permiso de electricidad si se usará iluminación o generadores temporales.
Los documentos originales y dos copias, los cuales deben presentarse ante la División de Prevención de Incendios del DCFEMS al momento de la solicitud para obtener la licencia para vender fuegos artificiales como minorista en un puesto o negocio temporal:
- Licencia de conducir, Distrito de Columbia, licencia o permiso estatal
- Lista de los posibles empleados (nombres y edades) que venderán los fuegos artificiales
- Plano del lugar que muestre la ubicación del puesto en relación con los caminos de salida, las distancias a edificios, calles y otras estructuras
- DOS (2) copias de una carta certificada del dueño de la propiedad en la que se establezca que le otorga permiso al solicitante para la venta de fuegos artificiales en dicha propiedad.
- DCMR 12H F-5609.5.9 2013, RESPONSABILIDAD ECONÓMICA: cualquier persona o negocio que presente una solicitud para obtener un permiso con el objetivo de almacenar o vender como minorista fuegos artificiales deberá presentar ante el Jefe de Bomberos o su representante una garantía de ejecución corporativa por un monto principal mínimo de $100.000, o una póliza de seguro de responsabilidad pública por el mismo monto a los fines del pago de daños a personas o propiedades que se desprendan de o sean ocasionados por la realización de cualquier acción autorizada por el permiso y la cual tendrá como consecuencia un dictamen judicial. Esta sección aplicará a todos los establecimientos de venta minorista permanentes y temporales.
- Presente el original y una copia de la solicitud completa, todos los documentos adjuntos requeridos junto con la tarifa requerida del permiso de $250,00, en forma de cheque, giro bancario o tarjeta de crédito, que sea pagadera al TESORERO DEL DISTRITO DE COLUMBIA, y obtendrá una copia de la lista de fuegos artificiales aprobados. (Todas las solicitudes presentadas en línea solo pueden pagarse con tarjeta de crédito).
- La solicitud de permiso se revisará para corroborar su precisión; el permiso se emitirá al solicitante después de una inspección de la ocupación del puesto o negocio temporal. Todos los permisos, licencias de negocio y certificados de ocupación originales emitidos por el DCRA deben encontrarse en el lugar durante la inspección. Para programar una inspección, llame al (202) 727-1614.
Enlaces a permisos para manipular fuegos artificiales 2018
Solicitud de permiso de negocio de venta minorista permanente - https://dcwebforms.dc.gov/fems/permit1
- Tipo de solicitud: Permiso Tipo de permiso:
- Permiso Tipo de permiso: Puesto de venta minorista de fuegos artificiales (Permanente)
Solicitud de permiso de puesto temporal - https://dcwebforms.dc.gov/fems/permit1
- Tipo de solicitud: Permiso Tipo de permiso:
- Permiso Tipo de permiso: Puesto de venta minorista de fuegos artificiales (Temporal)
Contact TTY:
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